Cuestiones legislativas y regulatorias

Límites al pago en efectivo

Los conceptos “tope de efectivo”, “límite de efectivo” o “techo de efectivo” hacen referencia a la cantidad máxima de dinero que puede ser empleado para la compra de bienes y servicios de manera física. Los gobiernos, normalmente a través de la Ley de Presupuestos, pueden decidir cual es este umbral. En el caso de Italia, estas restricciones existen ya desde la época de la Lira.

El límite de efectivo en Italia ha cambiado muchas veces a lo largo de los años. A partir de 1991 se fue reduciendo paulatinamente, volviendo a subir en 2016 hasta los 3.000 euros y bajando de nuevo en 2020 a 2.000 euros. Con el nuevo Gobierno, este umbral se eleva hasta los 5.000 euros, aunque con limitaciones en el uso de billetes.

Esta medida se enmarca en un amplio debate debate europeo sobre la necesidad de elevar este limite y a la luz de recientes estudios sobre la supuesta inexistencia de un vínculo entre el límite de efectivo y la evasión fiscal. De hecho, el partido de Matteo Salvino es favorable de incrementar ese límite aún más, hasta los 10.000 euros.

La actual primer ministro, Giorgia Meloni, apoya el pensamiento del BCE de que la medida también debería incluir a los sectores más pobres de la población, que pueden no tener una cuenta corriente y, por lo tanto, no pueden pagar por medios digitales.

 

Posesión de efectivo

No hay límites a la posesión de dinero en efectivo en casa o fuera de casa. Llevar contigo una gran suma de dinero no puede constituir una infracción penal ni administrativa y, por tanto, no puedes ser sancionado por tenencia de efectivo, sea cual sea la cantidad.

 

Otras reglas sobre el uso del dinero en Italia

Se mantendrán las limitaciones a la trazabilidad de los pagos, como el límite de 15.000 euros para los extranjeros, el umbral de 1.000 euros para las transferencias de dinero y el umbral de 1.000 euros a partir del cual los cheques bancarios y postales deben llevar la indicación de "intransferible". Algunos pagos, como las nóminas o los pagos por servicios de la comunidad de propietarios, no podrán realizarse, como viene siendo habitual, en efectivo por ningún importe.