{"id":5449,"date":"2022-02-11T16:31:48","date_gmt":"2022-02-11T15:31:48","guid":{"rendered":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/"},"modified":"2022-02-11T16:31:48","modified_gmt":"2022-02-11T15:31:48","slug":"razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/","title":{"rendered":"Razones y forma para proteger el uso del efectivo"},"content":{"rendered":"<p><em>Art\u00edculo de opini\u00f3n de Javier Rup\u00e9rez, presidente de la Plataforma Denaria publicado en la Revista de Privacidad y Derecho Digital (n\u00famero 24)<\/em><\/p>\n<p>Seg\u00fan el diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola, la palabra \u201cdenaria\u201d tiene dos acepciones. La primera la identifica como una \u201cmoneda romana de plata que equival\u00eda a diez ases o a cuatro sextercios\u201d. La segunda la define como una \u201cmoneda romana de oro que val\u00eda 100 sextercios\u201d. Ambas, como se comprender\u00e1 f\u00e1cilmente, situadas en el \u00e1mbito de lo monetario. Y m\u00e1s precisamente en el de los metales preciosos que representaban el respectivo valor adquisitivo. Al escoger esa palabra, \u201cDenaria\u201d, la Plataforma recientemente constituida y que me honro en presidir, lo ha hecho con la voluntad de dibujar con claridad nuestro prop\u00f3sito: reclamar para el efectivo monetario el sitio que creemos le corresponde en la vida econ\u00f3mica, social y personal de nuestros conciudadanos. Aunque los metales con que ahora se viste el euro, nuestra moneda de curso legal, ya no sean los lujosos de que alardeaban los latinos. Y se vean adem\u00e1s acompa\u00f1ados del fr\u00e1gil papel. Pero unos y otros, antes y ahora, encarnaban la realidad y el tacto de lo que ahora nos gu\u00eda: recuperar para el instrumento monetario f\u00edsico la determinante funci\u00f3n adquisitiva y cambiaria que cobraron desde que las cosas tuvieron un valor y un precio.<\/p>\n<p>En los Estatutos de la Plataforma Denaria se enumeran algunas de las razones que nos llevan a promover una mayor aceptaci\u00f3n y presencia del efectivo dinerario en nuestra vida de relaci\u00f3n econ\u00f3mica y comercial. All\u00ed, entre otras razones y argumentos, podemos encontrar las siguientes: el efectivo debe figurar entre los sistemas habituales de pago como forma para garantizar al consumidor la libertad de elecci\u00f3n del sistema por el que opte en cualquier momento; cualquier ciudadano debe tener acceso al efectivo, que tiene entre sus caracter\u00edsticas la de no establecer ninguna discriminaci\u00f3n para el que la utiliza; el efectivo garantiza la privacidad para el que lo prefiere, siendo al mismo tiempo un excelente regulador del gasto y del orden en que se realiza; el efectivo supone un significativo avance para garantizar la inclusi\u00f3n financiera, ya que a ella tienen posible acceso grupos sociales o personas aisladas sin que en ello influya su edad, su capacidad o su localizaci\u00f3n geogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>Al poner en marcha nuestra iniciativa y dar forma a nuestras preocupaciones hemos procurado identificar, y consiguientemente representar, de manera fiable aquellos sectores de la poblaci\u00f3n que, por razones diversas, m\u00e1s directamente necesitan del efectivo como forma habitual de intercambio econ\u00f3mico. Son abundantes los datos al respecto y demasiado prolijo resultar\u00eda su enumeraci\u00f3n en detalle. Pero algunos de ellos deben ser resaltados y especialmente tenidos en cuenta. Seg\u00fan los datos del a\u00f1o 2020, son 8,5 millones los espa\u00f1oles que se encuentran en la llamada situaci\u00f3n de \u201cexclusi\u00f3n social\u201d, representando un 18,4 % del total de la poblaci\u00f3n. A ellos habr\u00eda que a\u00f1adir el n\u00famero de perceptores de las pensiones m\u00ednimas o de cantidades por debajo del salario m\u00ednimo, los trabajadores aut\u00f3nomos, los discapacitados y las familias dependientes. O las personas de una cierta edad: seg\u00fan los \u00faltimos datos disponibles son 8,7 millones los espa\u00f1oles que superan los 65 a\u00f1os, lo cual equivale a un 18,5% del total de la poblaci\u00f3n. Sin por ello olvidar los que tienen su residencia habitual, sea cual sea su situaci\u00f3n econ\u00f3mica o personal, en zonas geogr\u00e1ficas aisladas y en n\u00facleos poblacionales con censos reducidos. Todos ellos tienen dif\u00edcil acceso a los cada vez m\u00e1s espaciados centros bancarios y las condiciones humanas de muchos de entre ellos -edad, discapacidad, dependencia- dificultan, por no decir que impiden, su manejo de los sistemas digitales actualmente en uso. Se trata en definitiva de grupos significativos de personas \u201cvulnerables\u201d a los que la mayor disposici\u00f3n del efectivo podr\u00eda ayudar en sus dificultades cotidianas. Deber\u00edamos tener en cuenta que el coste mensual m\u00ednimo debido por la utilizaci\u00f3n de los sistemas digitales oscila, seg\u00fan los c\u00e1lculos m\u00e1s fiables, entre los 70 y los 80 euros, cantidad inaccesible para la gran mayor\u00eda de los sectores a los que he hecho referencia.<\/p>\n<p>Conviene tambi\u00e9n apuntar a una realidad que no es \u00fanicamente espa\u00f1ola. El debate sobre la utilizaci\u00f3n del efectivo est\u00e1 tambi\u00e9n muy presente en varios pa\u00edses europeos y en las mismas instituciones comunitarias. Sin por ello olvidar que en la misma econom\u00eda de los Estados Unidos el uso y la preservaci\u00f3n del efectivo son considerados como partes integrantes de ciertos sectores productivos en la agricultura, en el peque\u00f1o comercio y en los servicios. En el pa\u00eds no se observan algunos de los tonos de acritud con que los partidarios europeos de la digitalizaci\u00f3n a ultranza querr\u00edan limitar a su m\u00ednima expresi\u00f3n el uso del efectivo en las transacciones econ\u00f3micas, pero no por ello son menos significativas las sentencias que en diversos Estados norteamericanos obligan a respetar la utilizaci\u00f3n del efectivo en las mismas. Quiz\u00e1s no estar\u00eda de m\u00e1s el recordar que algunas de esas reconvenciones contra el dinero f\u00edsico provienen de sectores empresariales cuyos rendimientos no son percibidos en Europa y encuentran su abundante cuant\u00eda en la recolecci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de datos que la digitalizaci\u00f3n proporciona. Suelen ser los mismos que en los tiempos de la pandemia afirmaron que en la circulaci\u00f3n del dinerario exist\u00eda un grave peligro de contagio, olvidando que, si de tacto se trataba, el mismo principio deber\u00eda ser aplicado a las no menos t\u00e1ctiles tarjetas digitales. E ignorando lo que los sectores cient\u00edficos pronto demostraron: el contagio no se produc\u00eda por el tacto sino por la circulaci\u00f3n a\u00e9rea de las part\u00edculas impregnadas del virus. Una historia m\u00e1s de esta peripecia v\u00edrica y econ\u00f3mica que nos ha tocado vivir.<\/p>\n<p>Entre los pa\u00edses miembros de la Uni\u00f3n Europea, viene siendo Francia la que m\u00e1s contundentemente defiende la utilizaci\u00f3n del efectivo. Hasta el punto de ofrecer para ello las garant\u00edas de protecci\u00f3n legal que el caso refiere, y Suecia la que m\u00e1s renuente se ha mostrado al respecto. Bien es cierto que, en los momentos actuales, seguramente como consecuencia de la superaci\u00f3n de las peores \u00e9pocas del COVID 19, los datos disponibles muestran en el pa\u00eds n\u00f3rdico una r\u00e1pida recuperaci\u00f3n de los niveles de utilizaci\u00f3n del efectivo. Espa\u00f1a se encuentra en un nivel intermedio en el que deber\u00edamos acercarnos a ciertas de las disposiciones francesas. Por ejemplo, aquellas que protegen la utilizaci\u00f3n del efectivo en las transacciones comerciales. De ello tambi\u00e9n se hace \u201cDenaria\u201d eco en sus Estatutos que proponen entre las acciones a emprender la de \u201cImpulsar un marco legal que establezca la obligatoriedad de aceptar el dinero en efectivo, como garant\u00eda de inclusi\u00f3n social, alternativa de pago en situaciones de emergencia, y factor de competencia en una situaci\u00f3n de creciente dependencia y concentraci\u00f3n digital<strong>\u201d<\/strong>. Mario Draghi, cuando todav\u00eda desempe\u00f1aba sus funciones como presidente del Banco Central Europeo, en relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n del uso del efectivo en Espa\u00f1a, mantuvo que \u201cla posibilidad de pagar en efectivo sigue siendo muy importante para ciertos sectores sociales, que prefieren utilizar el efectivo en lugar de otros medios de pago. Y, por otra parte, ello facilita la integraci\u00f3n en la econom\u00eda del conjunto de la poblaci\u00f3n, al permitir liquidar de esta forma cualquier tipo de operaci\u00f3n financiera\u201d.<\/p>\n<p>Las instituciones europeas se han posicionado en defensa del efectivo, de sus valores y sus beneficios para la sociedad. El Banco Central Europeo, en sus planes de desarrollo del euro digital, destaca que debe ser un complemento con el efectivo y mantener y ofrecer ambos sistemas.\u00a0 Tambi\u00e9n el Consejo Econ\u00f3mico y Social Europeo aprobaba por unanimidad en el plenario del mes de marzo de 2021 la petici\u00f3n de que se preserve el acceso al efectivo y que se garantice su aceptaci\u00f3n para el pago en todo el territorio europeo. Sus recomendaciones son terminantes: \u201cEl efectivo es de crucial importancia para la inclusi\u00f3n social y para el acceso a los servicios b\u00e1sicos\u201d. Recientemente el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea se pronunciaba a favor de la obligatoriedad de aceptar pagos en dinero efectivo en todo el territorio de la Uni\u00f3n, obligaci\u00f3n que s\u00f3lo puede limitarse, seg\u00fan el TJUE, de forma excepcional por razones de inter\u00e9s p\u00fablico, de manera justificada y proporcional y siempre que se garantice el uso de otros medios alternativos de pago. Y una de las sentencias del TJUE, publicada el 26 de enero de 2021, establece que \u201cla aceptaci\u00f3n de billetes y monedas en euros como medio de pago en las transacciones al por menor debe ser la norma\u201d, porque \u201cel curso legal del euro implica la aceptaci\u00f3n obligatoria del pago mediante billetes y monedas, a menos que las partes hayan acordado el uso de otros medios de pago\u201d. La sentencia insiste, adem\u00e1s, en que una normativa nacional no puede excluir la posibilidad de usar billetes denominados en euros, ni contener medidas que conduzcan de hecho o de derecho a la supresi\u00f3n de dichos billetes. El Tribunal establece que, dado que la Uni\u00f3n dispone de competencia exclusiva en el \u00e1mbito de la pol\u00edtica monetaria de los Estados miembros cuya moneda es el euro, y que tal competencia incluye una dimensi\u00f3n normativa dirigida a garantizar el estatuto del euro como moneda \u00fanica, esa situaci\u00f3n \u201cse opone a que un Estado miembro adopte una disposici\u00f3n que determine\u201d un r\u00e9gimen diferente. E incluso a este respecto, y argumentando sobre las evoluciones en el territorio global de las relaciones econ\u00f3micas, y observando el tema desde la perspectiva opuesta, la ONU advierte en un reciente estudio que \u201clas tendencias negativas en el \u00e1mbito digital podr\u00edan socavar la seguridad y estabilidad internacionales, ejercer presi\u00f3n sobre el crecimiento econ\u00f3mico y el desarrollo sostenible, y obstaculizar el pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales\u201d. Es evidente que esa aproximaci\u00f3n llega tras una agresiva digitalizaci\u00f3n de los m\u00e9todos de pago y la alarma que la misma trajo consigo, puesto que grandes capas de poblaci\u00f3n podr\u00edan quedar excluidas no solo del sistema financiero, sino de los canales habituales de consumo.<\/p>\n<p>En el terreno precisamente de la utilizaci\u00f3n del efectivo es relevante la cita al Real Decreto-ley 24\/2021 de 2 de noviembre por el que en Espa\u00f1a se realiza la trasposici\u00f3n de una serie de directivas de la Uni\u00f3n Europea en materas variadas, entre ellas la denominada \u201cpersonas consumidoras\u201d. Una de las trasposiciones se refiere a directivas del Parlamento Europeo y del Consejo sobre consumidores y usuarios y en el cap\u00edtulo II de la misma, en la p\u00e1gina 133.238 del texto publicado en el Bolet\u00edn Oficial del Estado, dedicada a \u201cinfracciones y sanciones\u201d, el art\u00edculo 47, que especifica que tales se aplicar\u00e1n \u201cen materia de defensa de los consumidores y usuarios\u201d, se incluye en el apartado \u201c\u00f1\u201d lo siguiente:\u201d La negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los l\u00edmites establecidos por la normativa tributaria y de prevenci\u00f3n y lucha contra el fraude fiscal\u201d. Constituye una buena descripci\u00f3n de lo que al respecto se mantiene en el seno de la UE y ahora con su trasposici\u00f3n al sistema legal espa\u00f1ol: el respeto que merece la presencia y la utilizaci\u00f3n del efectivo como sistema para realizar actividades econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>Coincidiendo con el momento de su aparici\u00f3n en la vida p\u00fablica espa\u00f1ola, \u201cDenaria\u201d quiso tener una percepci\u00f3n documentada sobre la situaci\u00f3n dele efectivo y de su uso en Espa\u00f1a y para ello encarg\u00f3 a la conocida y acreditada empresa de investigaci\u00f3n sociol\u00f3gica GAD3, dirigida por Narciso Michavila, la realizaci\u00f3n de un sondeo al respecto. Sobre un total de 1001 entrevistas, seleccionadas por cuotas de sexo, edad y tama\u00f1o del h\u00e1bitat, y realizadas entre el 1 y el 8 de septiembre de 2021, los resultados son concluyentes. Seg\u00fan ellos, el 68% de la poblaci\u00f3n, es decir, 24 millones de espa\u00f1oles, consideran importante poder disponer del efectivo en su vida cotidiana. Porcentajes que oscilan entre el 78,4% y el 69,9% de los encuestados ofrecen como razones a favor de la importancia del efectivo, la privacidad, la seguridad, su utilidad para controlar el gasto y su condici\u00f3n de ser el \u00fanico medio de pago que \u201csiempre funciona\u201d. El 72% de la poblaci\u00f3n, esto es, unos 25 millones de espa\u00f1oles, afirma que el efectivo es necesario y un 77%, 3 de cada 4, lo considera un bien p\u00fablico. Siempre seg\u00fan la encuesta, el 82% de los espa\u00f1oles se muestran contrarios a limitar la posibilidad de pagar en efectivo y el 83% rechaza la posibilidad de que solo se pudieran aceptar pagos con tarjeta. Y el sondeo destaca que m\u00e1s de 14 millones de espa\u00f1oles, un 63,3% de la poblaci\u00f3n, utiliza el efectivo como principal medio de pago en su d\u00eda a d\u00eda. Otros datos interesantes del trabajo muestran las quejas ciudadanas por las barreras para acceder al efectivo -58%-; los casos en que un n\u00famero significativo de personas han tenido dificultades para pagar con efectivo durante el \u00faltimo a\u00f1o -7%-; la convicci\u00f3n de que todos los establecimientos comerciales deber\u00edan siempre aceptar el pago en efectivo -73,7%- y en contra de que solo se admitiera el pago con tarjeta -83%-. Y en terreno conexos, los encuestados subrayan sus pareceres favorables al uso del efectivo: para la mayor\u00eda de la poblaci\u00f3n el efectivo es la forma de pago m\u00e1s segura, accesible y la que m\u00e1s garantiza la privacidad y la seguridad del usuario; 9 de cada 10 espa\u00f1oles, esto es, m\u00e1s de 30 millones de ciudadanos, se muestran contrarios a la sustituci\u00f3n del efectivo por formas digitales de pago y el 88% considera que se debe garantizar al consumidor la posibilidad de pago en efectivo. En la misma longitud de onda un 70% de los encuetados ver\u00edan positivamente que el Gobierno de Espa\u00f1a mantuviera ante la UE una postura en defensa del efectivo y que paralelamente propusiera la regulaci\u00f3n de las formas digitales de pago actualmente en manos privadas de entidades bancarias y grandes empresas. En la misma encuesta se introdujeron varios aspectos relativos a ls medios digitales de pago y su utilizaci\u00f3n y las respuestas fueron asimismo significativas. Un 40% de los espa\u00f1oles considera que las formas de pago digitales no son accesibles para la poblaci\u00f3n rural mientras que el 26% afirma que no son seguros y el 30% no conf\u00eda en ellos. Mas de 27 millones de espa\u00f1oles -el 78%- se muestran preocupados por la exposici\u00f3n de datos personales cuando se utilizan los medios digitales de pago. El 88% estima que el crecimiento de la utilizaci\u00f3n de los pagos por medios digitales traer\u00e1 consigo la exclusi\u00f3n de estratos sociales y un 82% estima que tales pagos traen consigo sobre todo un beneficio para las empresas tecnol\u00f3gicas y un paralelo descenso de ventajas para los consumidores.<\/p>\n<p>En definitiva, en \u201cDenaria\u201d creemos, y ello es la esencia de nuestro prop\u00f3sito, que el efectivo es un bien p\u00fablico que hay que proteger. Se trata de la forma de pago m\u00e1s segura, democr\u00e1tica, e igualitaria. La normativa europea y nacional deber\u00eda preservar el efectivo como dinero p\u00fablico m\u00e1s econ\u00f3mico, y accesible para toda la poblaci\u00f3n. Garantizar la posibilidad de uso del efectivo en cualquier transacci\u00f3n es garantizar la libertad de elecci\u00f3n de la sociedad y el acceso para muchos segmentos de poblaci\u00f3n que quedar\u00edan excluidos con otros m\u00e9todos. No hay que prohibir ni limitar el efectivo. Tampoco presentar su existencia en t\u00e9rminos abiertos de confrontaci\u00f3n contra otros medios de pago. Es crucial garantizar la convivencia con el resto de los m\u00e9todos de pago para que la poblaci\u00f3n pueda decidir libremente cu\u00e1l de ellos le interesa m\u00e1s utilizar en cada transacci\u00f3n. Para ello \u201cDenaria\u201d se propone trabajar transmitiendo nuestro mensaje a la sociedad espa\u00f1ola y buscando la cooperaci\u00f3n y el entendimiento con sectores p\u00fablicos y privados de todo orden y condici\u00f3n. Porque creemos que en esta aventura todos caben y queremos que de ella todos se beneficien.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Art\u00edculo de opini\u00f3n de Javier Rup\u00e9rez, presidente de la Plataforma Denaria publicado en la Revista de Privacidad y Derecho Digital (n\u00famero 24) Seg\u00fan el diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola, la palabra \u201cdenaria\u201d tiene dos acepciones. La primera la identifica como una \u201cmoneda romana de plata que equival\u00eda a diez ases o a cuatro sextercios\u201d. [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":1067,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[53],"tags":[],"class_list":["post-5449","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-estudio-en"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v25.1 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<title>Razones y forma para proteger el uso del efectivo - Denaria<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"en_US\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Razones y forma para proteger el uso del efectivo - Denaria\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"Art\u00edculo de opini\u00f3n de Javier Rup\u00e9rez, presidente de la Plataforma Denaria publicado en la Revista de Privacidad y Derecho Digital (n\u00famero 24) Seg\u00fan el diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola, la palabra \u201cdenaria\u201d tiene dos acepciones. La primera la identifica como una \u201cmoneda romana de plata que equival\u00eda a diez ases o a cuatro sextercios\u201d. [&hellip;]\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"Denaria\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2022-02-11T15:31:48+00:00\" \/>\n<meta property=\"og:image\" content=\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/fb-share.png\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:width\" content=\"1200\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:height\" content=\"630\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:type\" content=\"image\/png\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"admin\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Written by\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"admin\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Est. reading time\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"14 minutes\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\/\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/\",\"url\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/\",\"name\":\"Razones y forma para proteger el uso del efectivo - Denaria\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#website\"},\"primaryImageOfPage\":{\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/#primaryimage\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/#primaryimage\"},\"thumbnailUrl\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/canal-denaria_articulo-jr-privacidad-y-derecho.jpg\",\"datePublished\":\"2022-02-11T15:31:48+00:00\",\"author\":{\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#\/schema\/person\/fb5eec06f9a60c0b34046938da8d1ae2\"},\"inLanguage\":\"en-US\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/\"]}]},{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"en-US\",\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/#primaryimage\",\"url\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/canal-denaria_articulo-jr-privacidad-y-derecho.jpg\",\"contentUrl\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/canal-denaria_articulo-jr-privacidad-y-derecho.jpg\",\"width\":1920,\"height\":1280},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#website\",\"url\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/\",\"name\":\"Denaria\",\"description\":\"Plataforma Denaria\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"en-US\"},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#\/schema\/person\/fb5eec06f9a60c0b34046938da8d1ae2\",\"name\":\"admin\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"en-US\",\"@id\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#\/schema\/person\/image\/\",\"url\":\"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/1d4114b437905993a504e7ff51f6c0fa9052ff98cf79362461fa56b08a9d8c8d?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/1d4114b437905993a504e7ff51f6c0fa9052ff98cf79362461fa56b08a9d8c8d?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"admin\"},\"sameAs\":[\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\"],\"url\":\"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/author\/admin\/\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"Razones y forma para proteger el uso del efectivo - Denaria","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/","og_locale":"en_US","og_type":"article","og_title":"Razones y forma para proteger el uso del efectivo - Denaria","og_description":"Art\u00edculo de opini\u00f3n de Javier Rup\u00e9rez, presidente de la Plataforma Denaria publicado en la Revista de Privacidad y Derecho Digital (n\u00famero 24) Seg\u00fan el diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola, la palabra \u201cdenaria\u201d tiene dos acepciones. La primera la identifica como una \u201cmoneda romana de plata que equival\u00eda a diez ases o a cuatro sextercios\u201d. [&hellip;]","og_url":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/","og_site_name":"Denaria","article_published_time":"2022-02-11T15:31:48+00:00","og_image":[{"width":1200,"height":630,"url":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/fb-share.png","type":"image\/png"}],"author":"admin","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Written by":"admin","Est. reading time":"14 minutes"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/","url":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/","name":"Razones y forma para proteger el uso del efectivo - Denaria","isPartOf":{"@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#website"},"primaryImageOfPage":{"@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/#primaryimage"},"image":{"@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/#primaryimage"},"thumbnailUrl":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/canal-denaria_articulo-jr-privacidad-y-derecho.jpg","datePublished":"2022-02-11T15:31:48+00:00","author":{"@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#\/schema\/person\/fb5eec06f9a60c0b34046938da8d1ae2"},"inLanguage":"en-US","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/"]}]},{"@type":"ImageObject","inLanguage":"en-US","@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/2022\/02\/11\/razones-y-forma-para-proteger-el-uso-del-efectivo\/#primaryimage","url":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/canal-denaria_articulo-jr-privacidad-y-derecho.jpg","contentUrl":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/canal-denaria_articulo-jr-privacidad-y-derecho.jpg","width":1920,"height":1280},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#website","url":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/","name":"Denaria","description":"Plataforma Denaria","potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"en-US"},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#\/schema\/person\/fb5eec06f9a60c0b34046938da8d1ae2","name":"admin","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"en-US","@id":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/#\/schema\/person\/image\/","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/1d4114b437905993a504e7ff51f6c0fa9052ff98cf79362461fa56b08a9d8c8d?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/1d4114b437905993a504e7ff51f6c0fa9052ff98cf79362461fa56b08a9d8c8d?s=96&d=mm&r=g","caption":"admin"},"sameAs":["https:\/\/www.plataformadenaria.com"],"url":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/author\/admin\/"}]}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5449","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5449"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5449\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1067"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5449"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5449"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.plataformadenaria.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5449"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}